El desafío
¿Cuál es la diferencia cuando se prueban receptores GNSS? Actualmente, las bandas adyacentes a las frecuencias GNSS no se utilizan para señales de alta potencia, y no existe legislación alguna que regule el rendimiento de los receptores. Por lo tanto, muchos receptores GNSS, y no solo los más económicos, son muy susceptibles a interferencias perjudiciales. Esto impide que las autoridades reguladoras asignen dichas bandas a nuevos servicios, como p. ej. servicios móviles de banda ancha, lo cual se contradice con el objetivo de un uso eficiente del espectro.
Para alcanzar la meta del uso eficiente del espectro radioeléctrico, la Comisión Europea ha aprobado una directiva (directiva sobre los equipos radioeléctricos RED 2014/53/EU, artículo 3.2.) según la cual todos los receptores GNSS deben garantizar una determinada resistencia frente a interferencias (legales) procedentes de bandas adyacentes. Conforme a esta directiva, todas las clases de receptores GNSS (instrumentos de navegación, dispositivos móviles, relojes con GPS, instrumentos de medición avanzados, otros equipos que utilicen GNSS, etc.) deben obtener la certificación y cumplir con este requisito conforme al estándar ETSI EN303413.
Para obtener el sello CE, todos los receptores vendidos en la Unión Europea después del 13 de junio de 2017 deben acreditar el cumplimiento de esta directiva.
Los fabricantes de receptores GNSS pueden certificar el cumplimiento de forma interna o hacerlo a través de un organismo notificado (laboratorios de pruebas autorizados).